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TEMAS
1.Se publicó el proyecto de decreto mediante el cual se establecerá un arancel de 0% a insumos agropecuarios.
2.Los bienes exportados definitivamente pueden reimportarse sin pago de tributos aduaneros.
3.La DIAN (Dirección de impuestos y aduanas Nacionales) se pronunció acerca de las implicaciones en materia tributaria y aduanera en torno a las ventas de bienes mediante el comercio electrónico.
4.Concepto importación de teléfonos celulares bajo la modalidad de tráfico postal.
5.La dirección de impuestos y aduanas nacionales – DIAN (Dirección de impuestos y aduanas Nacionales) publicó un cuadro con las nuevas resoluciones de clasificación arancelaria.
1.Se publicó el proyecto de decreto mediante el cual se establecerá un arancel de 0% a insumos agropecuarios.
EL Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el proyecto de decreto en el cual se establecerá un arancel del 0% a 74 productos clasificados en subpartidas arancelarias correspondientes a insumos agropecuarios por un periodo de doce meses con el fin de fortalecer y activar económicamente el sector agrícola.
2.Los bienes exportados definitivamente pueden reimportarse sin pago de tributos aduaneros.
Mediante concepto emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN se concluyó que, para la modalidad de exportación definitiva de bienes se permite su reimportación sin el pago de tributos aduaneros dentro del año siguiente a su exportación, vencido este término se podrá realizar la reimportación con el pago de tributos aduaneros.
3.La DIAN (Dirección de impuestos y aduanas Nacionales) se pronunció acerca de las implicaciones en materia tributaria y aduanera en torno a las ventas de bienes mediante el comercio electrónico.
La subdirección de Normativa y Doctrina de la Dirección de Gestión Jurídica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, emitió concepto en donde se expuso las principales implicaciones tributarias y aduaneras en torno a las ventas de bienes en el comercio electrónico a través de la plataforma de un intermediario (Marketplace).
Se analizó los dos modelos de negocio utilizados con mayor frecuencia a través de Marketplace: 1. Ventas, exportación, distribución y logística de los bienes en el país de destino realizadas directamente por el vendedor y 2. Ventas, exportación, y distribución de los bienes en el país de destino realizadas directamente por el vendedor y un tercero le suministra el servicio logístico en el exterior.
4.Concepto importación de teléfonos celulares bajo la modalidad de tráfico postal.
La subdirección de Normativa y Doctrina de la Dirección de Gestión Jurídica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales emitió su concepto respecto a la importación de celulares bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes en la aplicación de la exclusión del IVA, en donde se analizó el numeral 6 del artículo 424 del Estatuto Tributario y el artículo 73 de la Ley 2277, y se concluyó que es posible la exclusión del IVA bajo las dos normas citadas siempre y cuando los envíos que lleguen al país bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes cumplan con los estipulado en la normatividad tributaria y aduanera.
5.La dirección de impuestos y aduanas nacionales – DIAN (Dirección de impuestos y aduanas Nacionales) publicó un cuadro con las nuevas resoluciones de clasificación arancelaria.
En el Diario Oficial 52.353 del 31 de marzo se publicó el cuadro con las resoluciones de clasificación arancelaria que se encuentran en firmes emitidas por la coordinación de clasificación arancelaria por la Subdirección Técnica Aduanera de la DIAN.
D IRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES- CUADRO DE CLASIFICACIONES ARANCELARIAS DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2022
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