Concepto y aplicación del análisis integral.
Se define el concepto de mercancía diferente como «aquella que es diferente a la verificada físicamente o documentalmente, por cuanto su naturaleza es distinta y por tanto se determina que es otra mercancía. Así mismo cuando exista error y omisión en el serial, sin perjuicio de la aplicación del análisis integral.»
Esta precisión es relevante, ya que:
Algunas mercancías por su naturaleza se identifican por si mismas y
Otras que pueden ser idénticas o similares, de manera que para que se diferencien unas de otras se debe atender a sus descripciones mínimas, dentro de las cuales se encuentra el número del serial.
En el caso de que se presenten errores u omisiones en el diligenciamiento de la declaración de importación relacionados con el serial, la normatividad prevé que se aplique el análisis integral, para que allí se revisen todos los documentos soportes frente a la mercancía, verificando que se trata de la misma y se pueda presentar declaración de legalización sin pago de sanción.
Fuentes formales Decreto 1165 de 2019.
Concepto Jurídico 100208221-1518 red 907483 del 26/11/2020 DIAN - Subdirección de gestión normativa y doctrina.
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